Cuenta atrás para aplicar el nuevo RGPD

Para dotar al usuario de mayor control sobre su información personal, hace dos años se puso en marcha una nueva ley -el Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD) -, con el fin de establecer unas reglas comunes en todas las empresas, establecidas o no en la Unión Europea, que traten datos personales de ciudadanos europeos

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) es uno de los cambios normativos más importantes llevado a cabo por la Unión Europea. Esta legislación, de obligado cumplimiento a partir del 25 de mayo de 2018, otorgará un mayor grado de control a los ciudadanos sobre su información privada en el mundo 2.0, pero también impondrá cambios radicales para las empresas que han tenido dos años para adaptar sus protocolos y estructuras si no quieren ser sancionadas. El objetivo es que los ciudadanos puedan decidir cómo quieren que se traten sus datos, así como la información que reciben de las empresas, a través siempre de un consentimiento explícito e inequívoco.

La nueva regulación conlleva cambios significativos tanto desde el punto de vista de los derechos de las personas como de las obligaciones de las empresas y entidades que tratan datos de carácter personal entre las que destacan:

  • Responsabilidad proactiva del responsable. Se adoptarán las medidas necesarias para estar en condiciones de cumplir con el Reglamento en todo momento y poder demostrar su cumplimiento.
  • Nuevas obligaciones en el momento de la recogida de datos. Hay que adaptar las cláusulas informativas y las políticas de privacidad de las páginas web incluyendo por ejemplo el plazo de conservación, los datos de contacto del Delegado en protección de datos, en su caso, o el derecho a presentar reclamación a la autoridad competente. También la ampliación de los derechos de los interesados como por ejemplo el derecho a la portabilidad.
  • Nuevas obligaciones para los responsables. Informe de análisis de riesgo de los tratamientos de datos que se hacen para determinar las medidas a aplicar y cómo hacerlo, el registro de las actividades de tratamiento, protocolo para la notificación de las violaciones de seguridad a las autoridades competentes en 72 horas como norma general o revisar los contratos de los encargados de tratamiento.
  • Nuevo régimen sancionador.

Es por ello que las empresas y profesionales deben adoptar las medidas necesarias para estar en condiciones de cumplir con las previsiones del nuevo Reglamento. Para aquellos que lo deseen, dentro de la provincia de Barcelona, el Colegio puede informar sobre las novedades y sus implicaciones en las consultas médicas desde el servicio de Protección de Datos de Mediconsulting, facilitando la adaptación al Reglamento, ofreciendo el apoyo y acompañamiento necesario, y analizando en cada caso las medidas necesarias a implementar.

Consúltanos sin compromiso al 935678878 o escribe a natalia.martinez@med.es.